El Gobierno estableció los requisitos que deberán cumplir los usuarios residenciales para no pagar el fuerte ajuste que sufrirán las tarifas de luz desde el lunes próximo.
En un anexo de la resolución 7 del Ministerio de Energía y Minería se especificaron los alcances que tendrá la “tarifa social”, que alcanzará a jubilados, beneficiarios de planes sociales, personas con certificado de discapacidad y desocupados.
Los jubilados o pensionados que perciban hasta dos haberes mínimos (8.600 pesos) y las personas con empleo en relación de dependencia, que perciben una remuneración bruta menor o igual a 12.120 pesos (dos salarios Mínimos Vital y Móvil), estarán incluidos en la tarifa social.
Estas son las condiciones que deberán cumplir los beneficiarios para estar incluidos en esa categoría:
– Ser jubilado o pensionado por un monto equivalente a dos veces el haber mínimo nacional.
– Personas con empleo en relación de dependencia, que perciben una remuneración bruta menor o igual a 2 Salarios Mínimos Vital y Móvil.
– Ser titular de programas sociales.
– Estar inscripto en el Régimen de Monotributo Social.
– Estar incorporado en el Régimen Especial de Seguridad Social para empleados del Servicio Doméstico (artículo 21 de la Ley N° 25.239).
– Estar percibiendo el seguro de desempleo.
– Contar con certificado de discapacidad.
El Gobierno estableció también los casos de los usuarios que más allá de cumplir con los requisitos anteriores deberán igualmente pagar el aumento: – Ser titular de más de un inmueble (verificación en Registro de Propiedad Inmueble).
– Ser titulares de autos cuyos modelos tengan hasta 15 años de antigüedad (verificación en Padrón de Automotores).
– Posean aeronaves o embarcaciones de lujo (verificación en registros respectivos).
Buenos Aires, NA.