Solamente en la provincia de Buenos Aires hay más de 6 millones de animales urbanos que nacen, viven y mueren solos. En todo el país, el número es de 15 millones, pero crece con los días. Las soluciones hasta ahora intentadas (las escasas campañas municipales de esterilización, la puja constante del Colegio de Veterinarios contra las campañas gratuitas de asociaciones protectoras y el chipeo) no fueron suficientes ni acordes a la triste realidad que se pretende revertir: animales muriendo desahuciados en las calles.
Ante ese contexto alarmante, se presentó en el Congreso de la Nación un proyecto de ley ambiental para la protección de la fauna urbana que prevé un presupuesto mínimo al que no es necesario que las provincias adhieran para su obligatoriedad. La propuesta llega al Poder Legislativo de la mano del diputado Mario Arce y deberá ser debatido en las Comisiones de Ambiente y de Legislación General de la Cámara Baja.
Este proyecto tiene como objetivo la protección de la fauna urbana a fin de garantizar su derecho a la vida y a la salud. “Nos parece importante atender a este reclamo que tiene que ver con una cuestión ambiental y tiene como objeto preservar los derechos a la vida y a la salud de todos los habitantes”, resumió a Infobae el diputado detrás de la iniciativa.
Para llegar a su redacción, confió el legislador, se tomó como iniciativa el trabajo realizado por especialistas en el tema y de personas que trabajan arduamente desde lo ambiental.
Al respecto, señaló que un informe de la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo (ACUMAR), el ente interjurisdiccional de derecho público creado por la Ley nacional 26.168 del Poder Ejecutivo nacional, hizo de puntapié al develar “un censo puntual sobre la situación de la fauna urbana, perros y gatos, y se concluyó que cada tres personas existe un animal urbano“.
Cada tres personas existe un animal urbano, según un censo de ACUMAR.
En ese sentido, amplió el objetivo que tiene el proyecto: “Se busca la protección de la fauna urbana (todos los perros y gatos, machos y hembras con o sin familia) y garantizar los derechos a la salud y a la vida. Otro punto importante es la atención veterinaria para saber cuál es el estado del animal y para tener un seguimiento de su desarrollo y, además, tratamiento antiparasitario. Esta ley trata de buscar el equilibrio poblacional, por eso una de las medidas para lograrlo es la castración progresiva de hembras y macho, pero que se haga de manera temprana, masiva, extendida en el tiempo, gratuita y abarcativa“.
Por su parte, desde la Red Animalista —conformada por distintas ONGs argentinas y proteccionistas independientes que adhieren al proyecto— aseguran que se pretende “solucionar esta problemática, garantizando sus derechos a la vida y a la salud”.
En ese tono, los proteccionistas sostienen que los animales “en las calles padecen hambre, enfermedades, accidentes y hechos de violencia” y además subrayan que esto ocurre “por responsabilidad del Estado, que no ejecuta políticas públicas éticas en materia de fauna urbana (realiza castraciones en bajo número, no educa, no brinda atención veterinaria, etc.), provocando que millones de perros y gatos sufran”.
Desde la Red consideran que “la visión actual del Estado es que perros y gatos pueden transmitir enfermedades a los humanos (zoonosis) y por eso sus vidas no valen nada.Por ello las decisiones que los afectan son dictadas por autoridades del área de Salud en la mayoría de las provincias”.
En ese mismo sentido se expresó Arce: “El Estado no puede estar ausente a la hora de extender campañas o políticas públicas de educación, de prevención en esta temática”.
Además, asumió que se puso al frente de un proyecto “ambicioso que fue elaborado por personas totalmente idóneas”.
“La visión actual del Estado es que perros y gatos pueden transmitir enfermedades a los humanos (zoonosis) y por eso sus vidas no valen nada”, asegura la Red Animalista.
La urgente necesidad de buscar soluciones
Uno de los problemas que atañe a la protección de la fauna urbana, como bien ambiental, está dado por la cantidad de perros y gatos en las calles a la que ha llegado el país por la falta de implementación de políticas públicas de prevención, dice uno de los argumentos del proyecto de ley.
En ese sentido, sostiene que la superpoblación animal tiene su origen en la existencia de criaderos y en la ausencia de castraciones masivas, extendidas, tempranas y sostenidas en el tiempo.
“En lo atinente a los animales en situación de calle, es una cuestión que trae innumerables situaciones de conflicto y que no se soluciona con la captura seguida de la muerte del animal”, afirma el diputado.
Al mismo tiempo, remarca en sus argumentos: “No es la captura ni la muerte, la solución, porque mientras los nacimientos se producen en progresión geométrica (de una pareja de perros y su descendencia a lo largo de 7 años, pueden nacer 5432 cachorros), las muertes son en progresión aritmética. Ello, sin olvidar que matar animales domésticos en la Argentina, constituye un delito (Ley 14346), más allá de la ausencia de ética que conlleva”.
El proyecto presentado por el diputado define en su artículo segundo que a sus fines se entiende por fauna urbana “a los perros y gatos, machos y hembras, con o sin familia, en refugios o en situación de calle o abandono y los que estén bajo la órbita del Estado (centros de zoonosis, antirrábicos u otros establecimientos)”.
Asimismo, establece que por atención veterinaria primaria básica se entiende “el diagnóstico del animal, la indicación del tratamiento a seguir y su tratamiento antiparasitario”. Al referirse al equilibrio poblacional se basa en “la inexistencia de animales en situación de calle”.
Explicando el alcance del concepto, Arce detalla que las leyes de presupuestos mínimos establecen un mínimo de protección ambiental que deben cumplir de manera obligatoria todas las provincias sin necesidad de adhesión aunque están obligadas a cumplir.
“Al respecto, la fauna es un componente ambiental, según lo establecido en el articulo 240 del Código Civil y Comercial y artículo 41 de la Constitución Nacional. La autoridad de aplicación para este tipo de leyes son aquellas que tienen competencia en materia ambiental”, señaló.
Otros detalle del proyecto de ley
Bajo el número de Expediente 1813-D-2019, la propuesta establece esterilizaciones masivas y gratuitas en todo el país (20% el primer año, incrementándose en los posteriores) y educación en Derechos Animales.
Para lograrlo, las organizaciones y activistas independientes de todas las provincias como manera de adherir al proyecto crearon una petición para juntar firmas a través de la plataforma Change.org.
Actualmente, en Argentina 11 provincias tienen leyes de castraciones, las cuales establecen un número insuficiente de esterilizaciones —y, aun así, el Estado las incumple, aseguran desde la Red Animalista— mientras que las restantes 13 provincias carecen de legislación.
Las leyes de presupuestos mínimos no establecen un presupuesto económico sino el concepto de un mínimo de protección ambiental que deben cumplir obligatoriamente todas las provincias sin necesidad de adhesión.
De sancionarse esta ley nacional, las provincias que ya tienen leyes solamente se deberán ajustar a la ultima incrementando el número de castraciones e incorporando la temática “educación en derechos animales”.
En tanto, las 13 provincias sin reglamentación podrán aplicar directamente la ley nacional de presupuestos mínimos o bien sancionar una ley provincial que cumpla con sus enunciados.
Fuente: Infobae.