La ley provincial de adhesión a la norma nacional, sancionada por la Legislatura bonaerense y publicada este viernes en el Boletín Oficial bajo el número 15.035, otorga al ministerio de Salud provincial los servicios de salud públicos y privados, la seguridad social y un plazo mínimo de un año “para implementar las medidas y acciones que garanticen el cumplimiento de lo establecido” en la norma nacional.
Determina asimismo que las obras sociales y empresas de medicina prepaga que desarrollan sus actividades en la provincia de Buenos Aires “deberán incluir en su menú prestacional los servicios garantizados por la presente ley en un plazo no mayor a 120 días”.
Fuente: Ambito