El gobierno de Horacio Rodríguez Larreta logró este jueves aprobar una reforma del Código Contravencional que, entre otras cosas, prohíbe la actividad de los “trapitos” y limpiavidrios, agrava las penas contra el acoso callejero, regula los ruidos molestos y crea figuras como la del hostigamiento digital.
Cuando fue votada “en general”, la norma obtuvo 40 votos a favor (Vamos Juntos, Evolución y Mejor Ciudad) y 20 en contra (Unidad Ciudadana, GEN, Socialismo, Bloque Peronista, FIT, AyL). No obstante, los legisladores oficialistas de la Coalición Cívica rechazaron “en particular” los artículos referidos a la actividad de los trapitos. Se trata de la primera vez en el año que el bloque Vamos Juntos (PRO + CC) mostró fisuras a la hora de respaldar un proyecto del Ejecutivo. Tal vez un nuevo síntoma de las tensiones que existen entre Elisa Carrió y la Casa Rosada.
Fue por esta situación que el oficialismo buscó un mayor consenso que le garantizara los votos necesarios. De hecho, para la redacción final de la ley, en lo que se refiere a los cuidacoches, tomaron gran parte de un proyecto presentado hace tres años por el diputado socialista Roy Cortina.
Todos los cambios en el Código Contravencional
Trapitos y limpiavidrios: la pena para quien “sin autorización legal ofrezca o preste” servicio de cuidado de coche o limpieza de vidrios será de 1 a 2 días de trabajo de utilidad pública o una multa de 50 a 300 unidades fijas. No obstante, cuando la conducta esté basada en la desigualdad de género la pena se elevará al doble. Y en los casos en que exista organización previa, la sanción será de 5 a 15 días de arresto y se eleva al cuádruple para los jefes. De esta forma se busca poner el foco en las mafias y las barras bravas.
Acoso sexual: la persona que acose sexualmente a otra será sancionada con 2 a 10 días de trabajo de utilidad pública, una multa de 80 a 400 unidades fijas o 1 a 5 días de arresto. Serán considerados agravantes que la víctima sea menor de edad, mayor de 70, tenga una discapacidad, cuando el acoso sea por parte de dos o más personas y cuando esté basado en desigualdad de género.
Ruidos molestos: los ruidos molestos que afecten el descanso o la tranquilidad pública serán penados con entre 1 y 5 días de trabajo de utilidad pública o multas de 50 a 100 unidades fijas. Tras varias manifestaciones se excluyó los ruidos que podrían generar “las manifestaciones artísticas o culturales a la gorra”.
Fuente: Infobae.