A las 4:40 hs del día de hoy la Guardia del CTE detecta emisiones de ruido, las cuales provenían de la empresa Profertil. A las 4:43 hs se comunica con la planta para solicitar información acerca del mencionado evento, desde donde informan que tuvieron problemas con un compresor de vapor con apertura de su válvula de seguridad, debido a lo cual se produjo el ruido constatado.
Una vez analizados los resultados de las mediciones, se verificó que superaban los límites permitidos. Razón por la cual se procedió a labrar un acta de inspección por falta al Art. 1 del Decreto Reglamentario 1741/96, Ley 11459 conforme Art. 1 de la Resolución 159/96 (ex – SPA) (norma IRAM 4062/84) modificada por la Resolución 94/02 (ex – SPA).
El ruido medido fue calificado como molesto de acuerdo a la norma antes aludida. El nivel sonoro fue medido con un decibelímetro certificado, calibrado y homologado según normas vigentes y organismos competentes. El acta de infracción, como todas las de su tipo, será enviada junto a un informe pormenorizado al Organismo Provincial de Desarrollo Sostenible (OPDS), debido a que es la autoridad que tiene, en exclusividad, la facultad de resolver las sanciones correspondientes.