Argentina es uno de los países con mayor consumo de sal del mundo con valores diarios que duplican las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud. Según este organismo, no se deberían consumir más de 5 gramos diarios. En Argentina consumimos 11 gramos por día, con todo el impacto y riesgo que eso implica para la salud de la población, principalmente en cuanto al desarrollo de enfermedades cardiovasculares y cerebrovasculares. Para revertir esas alarmantes cifras, en 2013 se sancionó la ley 26.905 de Reducción del Consumo de Sodio, que dispuso una disminución de un 15% del sodio en algunos grupos de alimentos procesados. Ahora, se ordenó una nueva reducción, de entre 5 y 14%. Las empresas tendrán un plazo de 18 meses para adecuarse a la nueva disposición.
Para ello, mediante una Resolución Conjunta 1/2018 se dispuso la modificación de 26 artículos del Código Alimentario Argentino (CAA) que abarcan a galletitas, panificados, bizcochos, fiambres, embutidos, sopas y caldos. En cada una de las categorías se dispuso una reducción de un 5% respecto de los valores que se habían establecido en la ley de 2013, en lo que constituye la segunda disminución del contenido de sodio de estos alimentos, que se da en el marco de un plan de descenso escalonado. “Esto es un proceso continuo, esta resolución que salió recientemente publicada fue aprobada en marzo por la Comisión Nacional de Alimentos (CONAL), que en junio aprobó una segunda tanda de alimentos que está en trámite administrativo para ser publicada próximamente. Y en noviembre se hará una nueva reunión de la para analizar otro grupo de alimentos”, explicó a Clarín Verónica Schoj, directora nacional de Promoción de la Salud y Control de Enfermedades Crónicas No Transmisibles de la Secretaría de Gobierno de la Salud.
“La hipertensión arterial es el factor de riesgo más importante en la mortalidad cardiovascular en la Argentina, siendo el consumo de sal el principal determinante de la hipertensión arterial”, añadió. “Las políticas de disminución de sodio son altamente costo-efectivas para reducir la carga de enfermedad cardiovascular y disminuir los costos sanitarios”, agregó la funcionaria.
El listado de alimentos incluidos en esta tanda pertenecen al grupo de productos cárnicos y derivados (hamburguesas, salchichas, chorizos, empanados de pollo, chacinados y embutidos), un grupo de farináceos (panificados, galletitas dulces y saladas, snacks y panificados congelados). En 2013 se había incluido a sopas y caldos entre los productos que debían reducir un 15% de sodio.
“En todo este proceso, en las dos aprobaciones, estamos bajando el límite (de sal permitida) y agregando nuevos grupos de alimentos que no estaban incluidos en la ley de 2013. Por ejemplo los quesos no estaban en la ley, y este año abrimos una mesa técnica para estudiarlo”, agrega Schoj.