Un pormenorizado informe de la Justicia Federal da cuenta de “durmientes deteriorados” y “anclajes inexistentes” en la zona del accidente. “si las empresas concesionarias o la Comisión Nacional de Regulación del Transporte certifican el estado de la red ferroviaria garantizando su seguridad, la medida cautelar se dejará sin efecto inmediatamente”
El juez federal de Azul, Gabriel Di Giulio, dio a conocer los motivos por los que decidió mantener la prohibición para la circulación de los trenes en el tramo Cañuelas- Bahía Blanca y las razones que lo llevaron a levantar la inhabilitación en el tramo Constitución- Cañuelas.
En el escrito, que cuenta con 27 hojas, dejó serios interrogantes sobre el mantenimiento de la infraestructura ferroviaria por parte de las empresas a cargo de las concesiones, aunque no dio por hecho que hayan sido la causa principal del siniestro, siempre a la espera de una serie de estudios y pericias más concluyentes.
A través de la resolución, el Juez realizó un pormenorizado análisis sobre las diligencias y medidas de prueba adoptadas a partir del descarrilamiento de una formación de Trenes Argentinos, ocurrida durante la madrugada del 8 de Marzo en cercanías a la Estación Pourtalé.
En el informe, se mencionan “posibles problemas en la infraestructura ferroviaria” en base a las conclusiones preliminares de las pericias e inspecciones oculares realizadas por la Policía Científica.
Durmientes deteriorados y anclajes inexistentes o sin sujeción
Una de los datos más significativos del informe, surgió a partir de la inspección ocular de la red ferroviaria.
En la parte resolutiva del documento, el juez insiste en que “en el tramo comprometido, las pericias realizadas indicaron algunos posibles problemas en la infraestructura ferroviaria, al menos en las inmediaciones de la estación Pourtalé”.
Entre ellas, enumera “la existencia de durmientes en mal estado (astillado, quebrado y putrefacto) y clavos de fijación/sujeción libres y/o faltantes” aunque advierte que ello “no significa necesariamente que esa fue la causa del siniestro”.
En ese sentido, señala que “se están investigando todos los aspectos del caso (estado del equipo, red, velocidad de circulación, conducta de la tripulación, situación climatológica, suelo, etc.); pero tales datos sembraron fundadas y serias dudas sobra la seguridad de las vías. Máxime, después del descarrilamiento” explica.
La concesión del tramo Constitución- Bahía Blanca y el pedido de SOFSE
El ramal del tramo Constitución- Bahía Blanca presenta un alto grado de complejidad y está atravesado por las discusiones en torno a la continuidad del servicio, a partir de la decisión del Estado Nacional de no renovar las concesiones a las empresas de carga encargadas del mantenimiento de la infraestructura ferroviaria.
En la actualidad, el ramal está gestionado por tres empresas. SOFSE (Trenes Argentinos) se encarga del trayecto Constitución hasta Cañuelas. Ferrosur Roca, del trayecto Cañuelas hasta Olavarría y Ferroexpreso Pampeano, desde Olavarría hasta Bahía Blanca (zona del descarrilamiento).
En el caso de Ferroexpreso Pampeano, se le extendió la continuidad de la concesión “hasta el 30 de junio de 2022, indicando que esa prestación se efectuará “con carácter precario y podrá ser revocada”. Durante ese término, el operador debe prestar el servicio y cumplir con las demás obligaciones.
A partir de ese escenario, la Justicia pidió informe a las tres prestadoras del ramal. Únicamente, la empresa SOFSE “ha garantizado el estado del tramo correspondiente, que involucra Constitución – Cañuelas” y por ese motivo el juez federal dispuso el levamiento de la medida cautelar en el trayecto.
En el caso de Ferrosur (a cargo de Loma Negra), la empresa respondió a la Justicia mediante una nota. Allí, se limitó a decir que el lugar del incidente “no corresponde con el tramo de la red concesionada a dicha empresa sino a Ferroexpreso Pampeano” y se puso a disposición de las autoridades. En ese marco, el Juez Di Giulio solicitó que en el plazo de cinco días hábiles informe si en el tramo correspondiente a Cañuelas y Olavarría, se “encuentra en condiciones óptimas para garantizar la seguridad de los pasajero” para poder revaluar la medida cautelar.
Finalmente, a Ferro Expreso Pampeano se indicó que la empresa informó que la última inspección en la zona del siniestro “la efectuó una cuadrilla, el día 3 de marzo de 2022 y explicaron que de “dicha inspección no surgieron novedades ni modificaciones a las velocidades establecidas” (cuyo máximo, en el lugar del siniestro, se había establecido en 80 km/h).
La concesionaria agregó que la cuadrilla pasó en otras dos oportunidades y que el día 7 de marzo “circuló otra formación sin que se reportara ningún inconveniente y que entre el “último patrullaje” del 3 de marzo y la fecha del siniestro, circularon tres formaciones de pasajeros y ninguno de cargas. También explicó que treinta días.
Un dato a subrayar es que la CNRT admitió que la última realizada “previa a las limitaciones de movilidad impuestas por la Pandemia de COVD19 fue “a mediados de 2018”.
Pedido de pericia por parte de SOFSE (Trenes Argentinos)
La justicia hizo lugar a un pedido de la sociedad Operadora Ferroviaria Sociedad del Estado (SOFSE) de Trenes Argentinos que reclamó “la realización de una evaluación pericial del estado de la vía en las zonas de circulación del tren de pasajeros entre las estaciones de Plaza Constitución y Bahía Blanca, en especial las que se encuentran en el tramo Olavarría – Bahía Blanca a cargo de Ferroexpreso Pampeano S.A.”.
En sus fundamentos, Trenes Argentinos dio cuenta de “las recorridas informales efectuadas a pie por nuestro personal por la zona de vía aledaña al siniestro” en las que “se verificó la existencia de fijaciones flojas o inexistentes, problemas en durmientes y otro tipo de deficiencias; así como los movimientos axiales que pueden observarse del visionado de los registros fílmicos extraídos de la locomotora A908 al atravesar la zona del accidente la noche anterior, datos que, en principio, hacen que resulte necesario llevar a cabo una inspección más profunda” explicaron.
A partir de todo el material recolectado, las autoridades judiciales consideraron que “la empresa Ferroexpreso Pampeano no ha brindado respuesta a los requerimientos formulados al disponerse la medida cautelar” incluidos los siguientes puntos:
“1) elevar un informe técnico con el relevamiento e inspección del ramal completo, que detalle el estado de las vías, terreno, y fundamentalmente especificar si el mismo garantiza la seguridad del transporte de las personas y del personal ferroviario dentro de los estándares técnicos aplicables; y 2) especificar cuáles son las medidas de seguridad que se adoptarán para garantizar la seguridad de los pasajeros y personal ferroviario y acompañen el plan de implementación, con detalle de metas y en su caso deplazos.
Por su parte, “la CNRT tampoco se ha pronunciado acerca de la seguridad de la red ferroviaria, en sentido concreto y específico” agrega.
¿Qué pasará con el servicio de trenes entre Olavarría- Bahía Blanca?
En sus conclusiones, el Juez Gabriel Di Giulio, insiste en que la medida cautelar tiene el único propósito de “garantizar la integridad física y seguridad de las personas” y agrega que “si las empresas concesionarias o la Comisión Nacional de Regulación del Transporte certifican el estado de la red ferroviaria garantizando su seguridad, la medida cautelar se dejará sin efecto inmediatamente”.
Fuente: INFOCIELO.