La venta de automóviles, productos de informática, cosmética,
indumentaria, joyería y materiales para la construcción,se podrá realizar hacia el territorio nacional desde esta primera zona franca con negocios minoristas del país.
Así quedó oficializado hoy según la Resolución General 4545 de AFIP, publicada en el Boletín Oficial, fue fruto del diálogo entre el Gobierno nacional y la gobernación de la provincia de Santa Cruz, explicó un comunicado del organismo recaudador.
A partir de mañana,se podrá hacer uso de los locales comerciales, depósitos y terrenos de la zona franca de Río Gallegos, bajo el control de la Dirección General de Aduanas.
Qué son las zonas francas
Son “espacios en los cuales la mercadería no es sometida al control habitual del servicio aduanero”,según indica la AFIP. Allí la importación y la exportación no están gravadas ni alcanzadas por prohibiciones: lo que se busca es fomentar el comercio y la industria exportadora, mediante la simplificación de procesos y el otorgamiento de incentivos fiscales.
Están ubicadas en áreas puntuales que lo requieran porserfronterizas o porsu situación económica. Su establecimiento se conviene entre el Ejecutivo nacional y los gobiernos provinciales.
La ley que regula estas zonas es la 24.331. La norma se aprobó en 1994 y desde entonces fue modicada en cuatro ocasiones, pero sólo en uno de sus artículos: el 44°, que estipula el plazo de caducidad del derecho al establecimiento de zonas francas en cada provincia. Además, hay una Resolución General que estipula su funcionamiento, la 270/98; y el instrumento se encuentra denido en el Código Aduanero, a partir del artículo 590.
Se pueden desarrollar allí actividades de almacenamiento, comercialización e industrialización de la mercadería. Para fomentar este último aspecto, darle valor agregado a las mercaderías, las industrias radicadas en estas áreas estarán exentas de impuestos nacionales que gravan los servicios básicos.
En las zonas francas se podrá trabajar con toda clase de mercadería:sólo quedan exceptuadas de los permisos las “armas, municiones y otras especies que atenten contra la moral, la salud, la sanidad vegetal y animal, la seguridad y la preservación del medio ambiente”.
La explotación puede ser de carácter privado o mixto y debe ser ofrecida porlicitación pública, nacional o internacional. Todas las obras serán realizadas por el concesionario.
En la Argentina Según la web de la AFIP, hay 14 zonas francas en operación en la Argentina:
https://www.google.com/maps/d/viewer?mid=1EPP1o0MlBNBSi9BskpO_2D8wdoMPgz5J
Fuente: El Cronista