La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires aprobó ayer al mediodía un proyecto de ley del diputado Ariel Álvarez Palma (Vamos Juntos) enmarcada en los esfuerzos oficiales para combatir el comercio ilegal de celulares.
El texto, que recibió 56 votos a favor y 2 abstenciones sobre los 58 diputados presentes en el recinto, regula aspectos relativos a la compra, venta y reparación de los teléfonos, sus repuestos y sus partes a través de la creación de un sistema online y gratuito. Desde ahora, quienes se dediquen al rubro de reparación o venta de celulares de segunda mano deberán inscribirse a través de una página web.
El seguimiento estará a cargo de la Agencia Gubernamental de Control (AGC) y quienes no cumplan serán multados o estarán sujetos a ser sancionados con el secuestro de todo el material que no sea registrado. La letra afirma que quien “comercialice y/o repare aparatos electrónicos usados de telefonía celular, sus repuestos o partes, y tuviere dichos elementos sin registrar la tenencia o los comercialice o repare, sin ingresar dichas operaciones en el sistema de comercialización de celulares, será sancionado/a con multa de un mil (1.000) a cuatro mil (4.000) unidades fijas y/o decomiso de las cosas no registradas y clausura del local o establecimiento”. Es decir, de unos $ 36.000 a $ 150.000, ya que cada unidad fija equivale al valor del litro de nafta YPF de mayor octanaje informado por el ACA Sede Central.
De la misma manera, quien tuviere esos aparatos “sin acreditar su legítima adquisición o tenencia será sancionado/a con multa de un mil quinientos (1.500) a cuatro mil quinientos (4.500) unidades fijas y/o decomiso de las cosas respecto de las cuales no se hubiere acreditado su legítima adquisición o tenencia y clausura del local o establecimiento”. Lo que sería entre $ 72.000 y $ 180.000.
También establece que, “si la información ingresada en el sistema de comercialización de celulares fuere falsa, el titular del establecimiento será sancionado con multa de dos mil (2.000) a cinco mil (5.000) unidades fijas y/o decomiso de las cosas asentadas falsamente y la clausura del local o establecimiento y/o inhabilitación”.
Fuente: Cronista.