El proyecto Ley Ómnibus que envió el presidente Javier Milei al Congreso, y alrededor del que todavía están debatiéndose y negociando modificaciones, incluirá también importantes cambios en la forma en que se definen los aumentos de jubilaciones y pensiones.
Así, los beneficiarios de la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES), serán directamente afectados sea cual sea la definición. Es que, la norma propone reemplazar la fórmula actual, y la oposición, por su parte, propone un esquema diferente.
Ley Ómnibus y jubilaciones: las fórmulas que están en discusión
Este es uno de los puntos que genera mayores dificultades entre el oficialismo y los demás bloques para llegar a un acuerdo con respecto al proyecto de ley “Bases y puntos de partida para la libertad de los argentinos“.
Estas son las posibles fórmulas que se debaten:
Normativa actual
La Ley de Movilidad Jubilatoria vigente establece actualizaciones trimestrales en los haberes de jubilados y pensionados, basadas en un cálculo que considera el 50% de la recaudación de la ANSES y otro 50% vinculado a la variación salarial.
La propuesta de LLA
Tal como está redactado ahora, el proyecto de ley determina que se suspendería la aplicación de la fórmula actual de movilidad, y se faculta “al Poder ejecutivo nacional a establecer una fórmula automática de ajuste de las prestaciones mencionadas en los incisos a), b), c), d), e) y f) del artículo 17 de la Ley N° 24.241, teniendo en cuenta los criterios de equidad y sustentabilidad económica”.
“Hasta tanto se establezca una fórmula automática, el Poder ejecutivo nacional podrá realizar aumentos periódicos atendiendo prioritariamente a los beneficiarios de más bajos ingresos”, culmina el artículo 106 del proyecto del Ejecutivo.
Propuesta de la oposición “dialoguista”
La idea de la llamada “oposición dialoguista”, que nuclea al PRO, UCR y Hacemos Cambio Federal (pero no incluye ni a Unión por la Patria ni a la izquierda del FIT) es incluir un artículo que establezca incrementos que sean mensuales y atados a la evolución del Índice de Precios al Consumidor del INDEC. Es decir, a la inflación.
Cómo quedarían los haberes de febrero, marzo y abril 2024, con cada propuesta
Con la fórmula actual
La fórmula de movilidad vigente desde la administración de Alberto Fernándezestipula subas trimestrales. La última se había concretado en diciembre, con un incremento del 20,87%, respecto de los haberes percibidos en noviembre.
En enero de 2024 se mantuvieron los montos del mes anterior (además de la entrega de una asistencia económica a los titulares con haberes más bajos):
- Jubilación mínima: $ 105.712,61
De acuerdo con la Ley de Movilidad Jubilatoria, los aumentos de jubilaciones, pensiones y asignaciones son trimestrales. Por lo tanto, en febrero no habría variaciones y el próximo tendría lugar en marzo de 2024.
Sin embargo, no sería posible determinar ahora el monto exacto de ese posible incremento, dado que este porcentaje se compone, en parte en base a los ingresos previsionales, y en otra parte sobre la variación de salarios.
Entonces, ante un escenario de recesión y despidos, la recaudación previsional también bajaría, y la misma situación puede trasladarse a lo que ocurriera con los salarios: si los sueldos no aumentan o pierden contra la inflación, la fórmula previsional también lo haría.
Con la propuesta opositora
La oposición dialoguista busca que los aumentos sean mensuales y determinados por el índice inflacionario. En este sentido, tendría que tomarse como base el IPC de diciembre, que fue 25,5%, sumado al de enero (que se conocerá los primeros días de febrero). Si bien no hay cifras oficiales, las estimaciones de JP Morgan prevén que se sitúe en 60% bimestral.
De ser así, los números deberían ser:
- Jubilación mínima: unos $ 169.140,17 en febrero
Y, con respecto a marzo, variaría de acuerdo con el IPC de febrero
Con la propuesta de la Ley Ómnibus
Si bien el texto del proyecto indica que se establecerá “una fórmula automática” que determine los ajustes en los haberes, plantea que, hasta entonces, los aumentos se harán de manera discrecional, por decisión del Ejecutivo.
En ese caso, no hay posibilidad de determinar los montos o posibles porcentajes de subas.
Fuente: El Cronista