La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) modificó hoy mediante la Resolución General 4102-E 2017 las fechas de ingreso para el segundo, tercero, cuarto y quinto anticipo correspondientes al período fiscal 2017 de los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales.
Los mismos deberán ser cancelados en los meses de septiembre, octubre y diciembre de 2017; y marzo de 2018 respectivamente según el siguiente detalle:
CUIT terminado en 0,1,2 ó 3 Hasta el día 13 inclusive
CUIT terminado en 4,5 ó 6 Hasta el día 14 inclusive
La norma publicada hoy en el Boletín Oficial, modifica las Resoluciones Generales Nros. 4061-E, 4081-E y 4093-E que establecían plazos especiales para la presentación y pago de determinadas declaraciones juradas determinativas e informativas relacionadas con los impuestos a las ganancias, sobre los bienes personales y a la ganancia mínima presunta del período fiscal 2016, así como para el ingreso del primer anticipo correspondiente al período fiscal 2017 de los referidos gravámenes.
Fuente: El Cronista