Algo a solucionar técnicamente es cómo se presentarán los tickets y facturas que se deben mostrar para respaldar todas las compras en el exterior.
Los especialistas en desarrollos de la AFIP tendrán que ver si los tickets y facturas se podrán escanear con el mismo teléfono o habrá que presentarlas ante los aduaneros de todos modos.
Lo que es seguro es que la AFIP no va a aflojar el control del cobro de impuestos a compras de electrónica y electrodomésticos en el exterior. De hecho, hoy los aduaneros ya cuentan con bases de datos para saber cuándo un producto está subfacturado para pagar menos impuesto, y cobran igual el arancel real o incluso pueden llegar al decomiso del objeto en discusión.
Si el desarrollo tecnológico sale bien, cuando se haya hecho todo el trámite por la aplicación para el celular, sólo debería quedar para el momento del paso por la Aduana, que el agente aduanero constante en su terminal de computadora que el pago correspondiente al número de pasaporte se realizó, y eventualmente, revisar las facturas.
Para las compras de productos que se traen al país acompañando el equipaje, existe una franquicia que es el monto en dólares que se puede ingresar en compras hechas en el exterior por persona, sin pagar el impuesto de 50% sobre el excedente. Ese perdón cambia según la vía por la que se viaje.
Pero hay que tener en cuenta que la misma declaración de aduana que entregan al viajero antes de que aterrice el avión o en el paso aduanero en tierra aclara expresamente que no se debe pagar ningún impuesto por la ropa y los objetos de uso personal, concepto no precisado por la normativa que podría incluir perfumes, maquillajes y artículos cosméticos, o afeitadoras, entre otras cosas.
Tampoco se paga arancel por el ingreso al país junto con el equipaje de libros y periódicos.
Por vía aérea y marítima, se pueden ingresar sin pagar impuestos compras de hasta u$s 300 por persona, ya sea desde países limítrofes o no. En tanto, los menores de 16 años pueden traer con el equipaje u$s 150 de productos del exterior, además de ropa y objetos de uso personal o libros.
Por vía terrestre o fluvial, la franquicia es inferior y de Chile, por ejemplo, si se va en ómnibus, sólo se puede traer libre de impuestos u$s 150 por persona en electrónica o electrodomésticos. Los menores de 16 años pueden ingresar u$s 75 en objetos que no sean ropa, objetos de uso personal o libros.
El impuesto sobre el excedente funciona así: por ejemplo, si en un viaje por vía área se hicieron compras por u$s 500, como la franquicia es de $ 300 dólares, se deberá pagar un impuesto de u$s 100, el 50% del exceso de u$s 200.
Además, se pueden sumar a la franquicia de u$s 300, una cifra igual en compras en los free shops o duty free shop de los aeropuertos o puertos, sumando otros u$s 300 en los viajes aéreos o marítimos, así como otros u$s 150 en el Buquebus, por ejemplo.
A esto se agrega que, cuando viaja un matrimonio o una familia con hijos de hasta 16 años, las franquicias se suman. Así el perdón real para una pareja adulta es de u$s 600 y para una familia con dos hijos menores de 16 años, la franquicia será de u$s 900. Con el fin de aprovechar este beneficio se debe hacer una sola declaración, por matrimonio o por familia.
Pero es importante declarar compras en el exterior cuando se ha hecho turismo externo y se regresa, excedan o no la franquicia, y estén exentas o no, porque esto da más seguridad de no estar ante un evasor a los agentes aduaneros. Sobre todo si se llega con un montón de bolsos y valijas llenos, y es obvio que se hicieron compras, aunque sea de ropa u objetos que no pagan arancel. Los inspectores no pueden pedir ningún comprobante por ese tipo de productos, de todos modos, pero seguramente obligarán a abrir el equipaje si no hay una mínima declaración.
Hay diferencias en la minuciocidad de los agentes de Aduana según los aeropuertos; en Ezeiza, los inspectores seguirían un criterio más estadístico que en el aeropuerto internacional de Córdoba, donde es más fácil que muchas personas deban abrir su equipaje. Este tipo de discrecionalidad también se vería muy disminuida con la utilización de la aplicación del celular para declarar y pagar el arancel por los ingresos de productos en exceso de la franquicia.
Fuente: El Cronista