El jefe comunal explicó que “adoptar esta normativa, elevada para su consideración al Concejo Deliberante, permitirá la incorporación de inmuebles al Banco Municipal de Tierras para luego satisfacer la demanda de familias que tienen la necesidad y además el derecho constitucional de acceso a la propiedad”.
“La Ley provincial de Acceso Justo al Hábitat es de utilidad muy práctica para que se generen lotes a favor de los municipios, mediante la conformación de los denominados consorcios urbanísticos”, detalló Gay.
Además, destacó que “existe una creciente demanda de terrenos y viviendas por parte de amplios sectores de la sociedad, especialmente aquellos más desprotegidos”, y consideró que “el estado municipal tiene que ser un actor fundamental y participar de la dinámica del mercado inmobiliario local, sobre todo para tratar de que la gente con menos posibilidades tenga acceso a los terrenos”.
Por su parte, el arquitecto Pites, exclamó que “la Ley actúa por un lado en los sectores deficitarios y por el otro, habilita al recupero de plusvalía para luego redistribuirla. No es recaudatoria, confiere una reestructuración del territorio”.