La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) actualizó el monto no sujeto a retención del impuesto a las Ganancias para las operaciones de compraventa de granos no destinados a la siembra y legumbres secas, que no se actualizaba desde 2006.
Mediante la resolución general 3939, publicada hoy en el Boletín Oficial, se aumentó de $12.000 a $100.000 el monto no sujeto a retención para las operaciones de compraventa de granos no destinados a la siembra -cereales y oleaginosos- y legumbres secas -porotos, arvejas y lentejas-, respecto de aquellos sujetos pasibles de la retención del impuesto a las Ganancias que se encuentren incluidos en el “Registro Fiscal de Operadores en la Compraventa de Granos y Legumbres Secas”.
Para las comisiones u otras retribuciones derivadas de la actividad, el monto se incrementó de $5.000 a $7.500.
“Razones de administración tributaria aconsejan modificar los importes previstos en la misma a efectos que éstos mantengan el carácter de parámetro objetivo representativo de los distintos conceptos sujetos a retención”, argumentó AFIP.
Fuente: infocampo.com.ar