El Ministerio de Producción de la Nación, desde la Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa, impulsó un conjunto de medidas de fomento a las PyMEs, que tienen entre sus objetivos principales la reducción de la presión fiscal, simplificación administrativa, reducción del stress financiero, y ampliación del crédito.
Dentro del sector pesquero hay expectativa por la instrumentación de esas medidas, teniendo en cuenta que muchas de las empresas del sector son PyMEs y estarían en condiciones de acceder a los beneficios.
En el paquete de anuncios en función de su propia naturaleza y de la normativa vigente, se clasificó a las medidas en dos grupos.
Medidas ejecutivas, que pueden ser implementadas a través de decisiones administrativas y que entraron en vigencia desde el corriente mes de junio.
Medidas legislativas, que deberán ser enviadas al Congreso de la Nación para ser aprobadas e implementadas, en tanto requieren la sanción o modificación de leyes vigentes.
Ambos grupos de medidas incorporan un conjunto de beneficios impositivos, tales como cambios en la modalidad de liquidación del IVA, modificación de los montos pasibles de sufrir retenciones impositivas, devolución y eliminación de impuestos, y de financiamiento como ampliación de líneas de crédito existentes y creación de otras nuevas. A su vez, para las PyMEs de perfil exportador, se extiende el plazo para el ingreso de divisas a 365 días para todos los productos y posiciones arancelarias, medida esta que alcanza a todo el sector exportador y dada a conocer hace un mes.
Ejecutivas
Dentro del esquema de anuncios que son resorte del Gobierno Nacional, en materia tributaria se habilitará la Liquidación Trimestral del IVA; además se hará entrega de Certificados de No Retención del IVA (CNRIVA) y se promueven nuevos pisos para Retenciones de IVA y Ganancias.
Respecto de medidas de corte financiero se incluye la extensión del plazo para liquidación de divisas, la ampliación de la Línea de Crédito para la Inversión Productiva (BCRA), y por otro lado la instrumentación de la Línea “Primer Crédito” (B.I.C.E.).
Legislativas
Asimismo, desde el Ministerio de la Producción de la Nación se remitieron al Congreso diversos proyectos que incluyen básicamente cuatro medidas tributarias. Una de ellas es la devolución del IVA de inversiones a través de un Bono de Crédito Fiscal, otra es la eliminación del Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta para PyMEs. También se propone una mayor compensación del Impuesto a los Débitos y Créditos; y la cuarta promueve la deducción de un 8% de las inversiones del monto del impuesto determinado en Ganancias Sociedades.
Como medidas financieras para la promoción de las Pymes se incluyen: obligaciones Negociables Garantizadas; habilitar a Aseguradoras como socias protectoras en SGR; emisión de Pagaré en cuotas; ampliación de regímenes de bonificación de tasas; régimen sancionatorio por incumplimiento por parte de las SGRs, y por otro lado incorporar otros Fiduciarios al Fonapyme.
En detalle
Con respecto a que la liquidación del IVA sea trimestral se aclaró que las declaraciones juradas seguirán siendo mensuales, pero la liquidación del IVA será cada 90 días. Alcanzará a Micro, Pequeñas y Medianas Empresas quedando excluidos los sectores de construcción. Por estimaciones de la AFIP podría beneficiar a 240 mil contribuyentes y tiene como objetivo aportarles mayor liquidez financiera para capital de trabajo.
En tanto, se indicó en cuanto a los Certificados de No Retención del IVA, que actualmente la AFIP otorga los CNRIVA siempre que se tenga un saldo de libre disponibilidad acumulado del 20% por encima del impuesto promedio de los últimos 12 meses y a solicitud del contribuyente.
Otra de las medidas, ya instrumentada, es que se extiende el plazo para el ingreso de divisas a 365 días para todos los productos y posiciones arancelarias, alcanzando a empresas exportadoras PyMEs y no PyMEs, siendo su objetivo dotar de mayor previsibilidad y mejorar su competitividad.
Esperan en el Congreso
Entre los proyectos elevados al Poder Legislativo para su aprobación está el referido a la devolución del IVA de las inversiones realizadas en el mismo período bajo la forma de un bono de crédito fiscal. Se pretende que una vez hecha la acreditación de la inversión en la DDJJ de IVA, si luego de un período fiscal la empresa no logra absorber el IVA crédito con futuras ventas, se procederá a emitir un bono de crédito fiscal por el saldo de libre disponibilidad remanente compensable con obligaciones tributarias y aduaneras. El objetivo es reducir el impacto financiero del IVA no absorbido por el normal flujo de la empresa.
Para fomentar las inversiones e incrementar el capital de trabajo se busca permitir una mayor compensación del Impuesto a los Créditos y Débitos bancarios. Es decir, a las Micro y Pequeñas Empresas se les permitiría computar hasta el 100% del Impuesto a los Créditos y a los Débitos contra el pago de Ganancias.
Fuente: Revista Puerto