Créditos hipotecarios UVA: BCRA relajó exigencias a los bancos en relación con tasas y cuotas

El BCRA avanza en la estandarización de los créditos hipotecarios UVA y elimina algunas cláusulas de la normativa para que los bancos acuerden algunos puntos con los clientes. ¿Los deja más expuestos?

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El Banco Central (BCRA) busca impulsar los créditos hipotecarios UVA y avanzar en la desregulación de ese producto para que los bancos tengan mayor capacidad de acción a la hora de acordar las condiciones con sus clientes.

A través de la Comunicación “A” 8024, el Central actualizó las normas sobre “Política de crédito” a fin de estandarizan los sistemas de préstamos UVA y estableció que la tasa puede ser convenida libremente entre las partes.

Por otro lado, “se elimina la obligatoriedad a los bancos de ofrecer un seguro para cubrir descalce entre los coeficientes de Estabilización de Referencia (CER) y Casa Proipa (CVS), que los hacía mantener la relación cuota-ingreso, agregando más cuotas al final”, explica una fuente del mercado.

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Esto implica que, a partir de ahora, “pasa a ser voluntario que los bancos ofrezcan este u otro tipo de seguro” y fuentes cercanas al BCRA anticipan que “lo que se espera es que esta medida disminuya los costos de los créditos hipotecarios como así también facilitar su securitización (venta de paquetes de crédito en el mercado de capitales)”, que esperan permitirá un mayor desarrollo de este tipo de financiamiento.

Federico González Rouco, economista experto en vivienda, evalúa que “es una buena medida porque lo de extender el plazo ante un aumento del 10% entre UVA vs CVS (como fijaba la normativa hasta ahora) es algo que no le sirve a nadie, ni a deudores ni a acreedores”. Explica que el principal problema que generaba es que los bancos no tenían una duración cierta de los créditos, y eso hace más complicada la securitizacion y entonces es más caro todo el proceso de fondeo.

Sin embargo, no considera que sea positivo dejar este vértice abierto para no desproteger a ninguna de las dos partes y apunta que “es mejor ir hacia otro esquema de cobertura”.

A lo que el economista Federico Glusteinagrega que , “la no obligatoriedad del seguro puede representar más riesgo por la indexación“, pero, en líneas generales, lo ve bien en términos de que es una posibilidad de bajar el costo. “Lo hace más accesible para la clase media que es motor importante de la economía y permite recuperar el crédito privado que falta”, dice.

Créditos hipotecarios: cambios en cuotas y exigencias de control cuota/ingreso

También se flexibiliza la condición obligatoria de que las cuotas deban ser mensuales. González Rouco opina que esto “es algo extraño, ya que es poco probable que los bancos den cuotas bimestrales o más que eso”. Sin embargo, para Glustein, la obligación de ofrecer la extensión de plazo “es correcta porque es una forma de descalzar cierto riesgo de usuarios crediticios”.

Asimismo, como contraparte a esta resolvió que deben poner especial cuidado en la relación ingresos/crédito ya que estableció que, “al momento del otorgamiento de financiaciones a personas humanas, se deberá tener especial atención a la relación cuota/ingreso de manera de que el deudor pueda afrontar posibles incrementos en el importe de las cuotas sin afectar su capacidad de pago, teniendo en cuenta que sus ingresos pueden no seguir la evolución de la Unidad de Valor Adquisitivo actualizable por “CER” (“UVA”).”

Las condiciones para los préstamos de cartera de consumo o vivienda y préstamos comerciales asimilables a cartera de consumo o vivienda, según establece la nueva norma, establece que el plazo mínimo de los créditos será de un año, que la tasa será convenida libremente entre las partes, aunque se calculará sobre el valor de la aplicación del índice CER y se expresarán en Unidades de Valor Adquisitivo “UVA”.

Fuente: Ambito

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