El intendente Héctor Gay estableció por decreto que en el distrito de Bahía Blanca queden también habilitadas las siguientes actividades y servicios en esta fase del aislamiento social, preventivo y obligatorio:
–Iglesias, templos y lugares de culto: sólo para recibir a fieles de manera individual, no para celebraciones que impliquen aglomeración de personas. La medida alcanza a iglesias católicas y entidades inscriptas en el Registro Nacional de Cultos.
–Entrenamientos de pilotos, desarrollada a vuelos privados, en aeroclubes y en escuelas de vuelos, con una máximo de dos personas por nave quienes deberán utilizar los correspondientes elementos de protección (protección facial, distancia social).
–Compañías aseguradoras, reaseguradoras e intermediarios.
–Personal de la ANSES.
–Profesionales y técnicos especialistas en Seguridad e Higiene Laboral.
–Remates de ferias de hacienda.
–Kinesiólogos.
–Psicólogos.
–Agrimensores.
Cada uno de estos podrán cumplir funciones de lunes a viernes llevando adelante el protocolo sanitarios y de seguridad establecido para cada rubro.
Cabe aclarar que aquellos que estén alcanzados en el presente decreto, deberán necesariamente gestionar el Certificado Único Habilitante de Circulación o bien utilizar la aplicación para telefonía móvil “Coronavirus – Covid 19 – Cuidar”.
Si un trabajador presenta 37.5º o más de temperatura, no deberá ingresar a su sitio laboral y los responsables deberán automáticamente elevar la información a autoridades sanitarias.
Los protocolos sobre cuidados y funcionamiento de las distintas actividades y servicios se encuentran en www.bahia.gob.ar/coronavirus/protocolos.