El Gobierno modificó los aranceles a la exportación de maní, maíz pisingallo, frutas, hortalizas y productos y subproductos derivados de la soja, a través del decreto 464/2019 publicado hoy en el Boletín Oficial.
La normativa estableció un límite del monto a pagar en concepto del citado tributo, determinándolo en una suma de $ 4 o de $ 3 por cada dólar del valor imponible o del precio oficial FOB, según corresponda, de acuerdo con la posición arancelaria en la que esté comprendida la mercadería de que se trata.
Para el caso del maní blancheado argentino, se había determinado un incremento del límite del monto a pagar por los derechos de exportación aplicables a tales mercaderías.
Fuente: Télam