El cambio rige para cuando el vehículo es utilizado por un tercero, dado que la comúnmente denominada cédula verde seguirá sin tener vencimiento cuando es exhibida por el titular del vehículo y para los automotores destinados y debidamente habilitados por la autoridad para el uso de taxis o remises, transportes de carga o de pasajeros, así como los registrados a nombre del Estado nacional, provincial o municipal.
La DNRPA recuerda asimismo que tanto las cédulas de identificación del vehículo, conocida como cédula verde; de autorizado a conducir (cédula azul) y la provisoria de poseedor, son los documentos reglamentarios para circular en un vehículo.
La decisión se enmarca entre las facultades que tiene el organismo dependiente de la cartera de Justicia y Derechos Humanos para establecer distintos tipos de cédulas de identificación de automotores y fijar sus respectivos plazos de vencimiento.
La “cédula verde” sirve para demostrar quién es legítimo poseedor del bien automotor.
La “cédula verde” sirve para demostrar quién es legítimo poseedor del bien automotor. La ley vigente determina que los terceros deben portar la cédula azul como condición obligatoria para circular cuando la cédula verde del propietario del automotor se encuentre vencida.
La ley vigente determina que los terceros deben portar la cédula azul como condición obligatoria para circular cuando la cédula verde del propietario del automotor se encuentre vencida.
La DNRPA recuerda asimismo que tanto las cédulas de identificación del vehículo, conocida como cédula verde; de autorizado a conducir (cédula azul) y la provisoria de poseedor, son los documentos reglamentarios para circular en un vehículo.
La Ley Nacional de Tránsito y el Régimen Jurídico Automotor exigen como requisito para circular en la vía pública, portar una cédula expedida por el Registro Nacional de la Propiedad Automotor.
Todos los trámites relacionados con las diferentes cédulas se pueden iniciar y pagar de manera online ingresando al portal web de la DNRPA.
Para más información sobre este o cualquier otro trámite enviar un correo electrónico a [email protected]
Fuente: La Voz del Pueblo