Las empresas de medicina prepaga fueron autorizadas a aplicar un nuevo aumento, a partir de mayo, del 7,5% en el valor de la cuota, mediante la Resolución 592/2019.
La decisión de la Superintendencia de Servicios de Salud fue publicada este viernes en el Boletín Oficial. Ahora las entidades tendrán 30 días para informar a sus afiliados del incremento, según lo establecido por el organismo.
“La Autoridad de Aplicación fiscalizará y garantizará la razonabilidad de las cuotas de los planes prestacionales de las Entidades de Medicina Prepaga y autorizará el aumento de las mismas, cuando dicho aumento esté fundado en variaciones de la estructura de costos y razonable cálculo actuarial de riesgo”, señala en sus considerandos la norma que lleva la firma del secretario de Salud, Adolfo Rubinstein.
De esta forma, las prepagas acumularán un aumento del 42,2% en los últimos 12 meses, distribuidos en cinco incrementos: 7,5% desde junio; otro 7,5% a partir de agosto, 8% desde octubre, 8,5% en diciembre y 5% en febrero pasado. Al sumar el 7,5% del próximo mayo se obtiene la cifra final.
La suba en este rubro se agregan las de servicios tales como el gas (un 9%, como parte del aumento escalonado que tendrá lugar desde abril a junio) y el agua, que subirá un 27% luego del 17% de enero.
A fin de 2018, las empresas de medicina prepaga tenían unos unos 6.200.000 afiliados, de los cuales solo 1.200.000 son voluntarios, es decir, contrataron el servicio por su cuenta. Del resto, el grueso deriva sus aportes de la Seguridad Social a la prepaga a través de las obras sociales y los afiliados deben pagar, en caso de corresponder, la diferencia con relación al monto del plan privado.
Se trata del primer aumento tras el Decreto 66/2019, por el Poder Ejecutivo resolvió acotar el procedimiento administrativo de aprobación de los aumentos a la SSS y el Ministerio de Salud y Desarrollo Social, dejando fuera del proceso a la Secretaría de Comercio Interior que, en tiempos de Guillermo Moreno, tenía la potestad de autorizar los aumentos.
Durante el kirchnerismo, las entidades debían elevar el requerimiento para incrementar la cuota a la SSS, que a su vez lo remitía al Ministerio de Salud para su aprobación, “previo dictamen vinculante” de la Secretaría Comercio Interior.
A falta de un marco regulatorio, cualquier pedido de aumento en las cuotas solicitado por las prestadoras era resuelto “en exclusiva” por Moreno, que llegó a autorizar solo dos incrementos por año.
La polémica desatada por la puja entre las empresas y Moreno terminó alumbrando la Ley 26.682, que se aprobó a fines de 2011, y el posterior decreto reglamentario (el 1993), que establecieron un régimen de regulación específico para los actores del sector.
Fuente: Cronista.