En este marco, la Dirección de Pago de Beneficios elaboró dos alternativas de pago, excluyentes entre sí. Para utilizar la cuenta virtual, el beneficiario debe estar en el padrón informado por Anses al Prestador de Servicios de Pago (P.S.P.), realizar compras de bienes o servicios, realizar pagos o recargas, extraer dinero en efectivo, realizar y recibir transferencias, entre otras funcionalidades, ser persona física con domicilio y documento nacional de identidad de la República Argentina, contar con un dispositivo con acceso a internet para acceder a la plataforma del P.S.P.
Asimismo, el P.S.P. deberá poner a disposición del BENEFICIARIO todas las instrucciones necesarias para que pueda acceder a su cuenta virtual y disponer de sus fondos. Será su responsabilidad el contacto con el beneficiario para formalizar la apertura de la cuenta.
Como resultado de la registración, el P.S.P. generará automáticamente una cuenta virtual identificada unívocamente con un número de veintidós dígitos CVU (asociado al CUIL del beneficiario.
Fuente: Ambito