El Gobierno oficializó hoy el decreto que prohíbe designar en el Poder Ejecutivo Nacional a familiares directos de funcionarios de alta jerarquía.
“Dispónese que no podrán efectuarse designaciones de personas, bajo cualquier modalidad, en todo el sector público nacional, que tengan algún vínculo de parentesco tanto en línea recta como en línea colateral hasta el segundo grado, con el presidente y vicepresidente de la Nación, jefe de Gabinete de Ministros, ministros y demás funcionarios con rango y jerarquía de ministro”, ordena la resolución en su 1° artículo.
En ese marco, aclara que “quedan incluidos el cónyuge y la unión convivencial”.
De la medida quedan exceptuadas “las personas designadas mediante procesos de selección por concurso público de antecedentes o que cuenten con estabilidad en el cargo”.
Asimismo, el decreto indica que “las personas cuyas designaciones a la fecha del presente se encuentren alcanzadas por el artículo 1° deberán desvincularse antes del 28 de febrero”.
En los considerandos de la disposición, el Poder Ejecutivo remarcó que “asumió el compromiso de continuar mejorando la institucionalidad, la integridad y la transparencia de todas las políticas públicas que lleva adelante”.
En ese sentido, añadió que “transcurridos dos años de gestión, y efectuado un reordenamiento administrativo que ha permitido mejorar la gestión global del Estado Nacional, resulta ahora necesario adecuar nuevos criterios que sean aplicables al régimen de designaciones bajo cualquier modalidad de funcionarios públicos”.
De acuerdo a la evaluación del ministro de Modernización, Andrés Ibarra, “no hay más de 40 casos” de familiares de funcionarios que deben dar un paso al costado tras la publicación del decreto.
Fuente: Télam.